Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0810/2006-R
Fecha: 21-Ago-2006
recurso de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 10 de noviembre de 2005, cursante de fs. 73 a 74, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Angélica Vásquez Torrez contra María del Carmen Ponce de Rocha, Renán Jiménez Sempertegui, Vocales de la Sala Civil Segunda del Distrito Judicial de Cochabamba y Mario J. Jerez Callle, Juez Sexto de Partido en lo Civil de dicha Corte, alegando vulneración a sus derechos a la seguridad jurídica, defensa y la garantía del debido proceso, previstos en los arts. 7 inc. a), 16.II y IV de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III.1.
- dentro del plazo de cinco días fatales
- III.3.
- Es de vital importancia tener en cuenta que el Auto de Vista señalado tiene su fundamento jurídico en la extemporaneidad de la presentación de tal excepción, que -como se ha constatado- ciertamente fue planteada fuera del plazo de los cinco días fatales y perentorios que prevé el art. 49.III de la LAPCAF
- para las partes
- III.4.
- APROBAR