SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0811/2006-R
Fecha: 21-Ago-2006
el art. 157 inc. b) de la LOJ, así como el procedimiento tributario establecido en el anterior Código Tributario se hallan plenamente vigentes
En ese sentido, conforme se ha establecido en la SC 0025/2006, de 26 de abril, seguida por varias otras como las SSCC 0028/2006, 0040/2006, 0054/2006, al haber fenecido el término que la tantas veces citada SC 0076/2004 estableció para que el Poder Legislativo subsane el vacío detectado, la Disposición Final Novena del CTB, única y exclusivamente en lo referido a la abrogatoria del procedimiento contencioso tributario establecido en el Título VI arts. 214 a 302 del CTb (Ley 1340), ha dejado de formar parte del ordenamiento jurídico, conforme exhortó y advirtió este Tribunal, de modo que, de acuerdo a lo dispuesto en la SC 0018/2004, de 2 de marzo, el art. 157 inc. b) de la LOJ, así como el procedimiento tributario establecido en el anterior Código Tributario se hallan plenamente vigentes.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- a)
- deniega
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- para determinar si en la especie es aplicable el principio de subsidiariedad del amparo
- b)
- c)
- el art. 157 inc. b) de la LOJ, así como el procedimiento tributario establecido en el anterior Código Tributario se hallan plenamente vigentes
- III.2. El principio de subsidiariedad del amparo constitucional.
- cuando el 19 de agosto de 2005 ha interpuesto demanda contencioso tributaria
- APRUEBA