Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0811/2006-R
Fecha: 21-Ago-2006
II.5.
II.5. El 19 de agosto de 2005 (fs. 100 a 102 vta.), el representado del recurrente presentó demanda contencioso tributaria contra la Administración Tributaria, lo que puso en conocimiento de ésta el 18 de agosto de 2005 (fs. 103), solicitando la suspensión de la ejecución coactiva. El 21 de agosto de 2005 y el 19 de octubre de 2005 (fs. 104 y vta. y 107 y vta.), reiteró su pedido de suspensión, que fue rechazado el 24 de octubre de 2005 (fs. 109 a 111), por la recurrida, que también rechazó el ofrecimiento del representado del recurrente de sustitución de garantía para la cobranza coactiva (fs. 108).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- a)
- deniega
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- para determinar si en la especie es aplicable el principio de subsidiariedad del amparo
- b)
- c)
- el art. 157 inc. b) de la LOJ, así como el procedimiento tributario establecido en el anterior Código Tributario se hallan plenamente vigentes
- III.2. El principio de subsidiariedad del amparo constitucional.
- cuando el 19 de agosto de 2005 ha interpuesto demanda contencioso tributaria
- APRUEBA