Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0875/2006-R
Fecha: 04-Ago-2006
III.1.
III.1. Procede el recurso de amparo constitucional contra toda resolución, acto u omisión indebida de autoridad o funcionario, así como todo acto u omisión indebida de persona o grupo de personas particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos o garantías reconocidos por la Constitución Política del Estado y las leyes, siempre que no exista un medio inmediato para la protección de esos derechos.