SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0885/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0885/2006-R

Fecha: 05-Sep-2006

denegó


Por Resolución 34/2005, de 28 de noviembre, cursante de fs. 86 a 87, el Tribunal de amparo denegó el recurso, con los siguientes fundamentos: 1) la Resolución emitida en suplencia por el Juez Octavo de Instrucción en lo Penal se encuentra en apelación, en consecuencia, subsidiariamente no se puede resolver por la vía del amparo constitucional lo solicitado por el recurrente, más aún si no se ha evidenciado violación de los derechos y garantías y tampoco se ha establecido que los casos de de excepcionalidad al carácter subsidiario de este recurso; 2) en lo referente a la interposición del recurso de reposición es un aspecto meramente jurisdiccional por el cual el recurrente tiene el acceso a la Constitución Política del Estado, al procedimiento penal y a las líneas jurisprudenciales establecidas por el Tribunal Constitucional que llenan algunos vacíos procesales para poder realizar sus reclamaciones en la vía jurisdiccional ordinaria, por lo que no se establece la violación de ningún derecho o garantía fundamental.