Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0901/2006-R
Fecha: 15-Sep-2006
II.6.
II.6. En la audiencia de conciliación, según informe del Gestor de Conciliación de la Dirección Departamental del Trabajo, la recurrida manifestó que la recurrente tenía un contrato a plazo fijo y que no correspondía su reincorporación y que la trabajadora ya estaba en estado de gestación cuando se suscribió el mismo, indicando que le cancelaría el mes de septiembre como si continuaría trabajando, proponiendo su reincorporación en el mes de octubre con nuevo contrato. Propuesta que no fue aceptada por la recurrente (fs. 38-39).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La
- abarca tanto a las empleadas del sector privado sujetas a la Ley General del Trabajo, como a las funcionarias o servidoras públicas, sin exclusión.
- III.2. Sobre la aplicación de la Ley General del Trabajo a la relación laboral de la mujer embarazada sujeta a ese régimen
- A falta de estipulación escrita, se presume que el contrato es por tiempo indefinido, salvo prueba en contrario”.
- Tampoco están permitidos contratos a plazo en tareas propias y permanentes de la empresa.
- contratos a plazo en tareas propias y permanentes de la empresa,
- III.3. El régimen de la seguridad social
- consecuentemente en actividades propias de la empresa por tiempo indefinido;
- APRUEBA