AUTO CONSTITUCIONAL 050/2007-CA-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 050/2007-CA-O

Fecha: 31-Ene-2007

III.2.

III.2. Por otra parte, corresponde señalar que la impetrante -Liliana del Fátima Bolaños España de Echalar-, a través de su memorial de 5 de enero de 2007, pretende que este Tribunal Constitucional disponga el cumplimiento de la SC 1205/2006-R, por parte del Juez de amparo; sin considerar que la referida SC 1205/2006-R, aprobó la Resolución revisada que denegó el recurso y, en consecuencia, declaró IMPROCEDENTE el recurso interpuesto, al no haberse ingresado al fondo del asunto, por la existencia de derechos o hechos controvertidos y, por haber cesado los efectos del acto reclamado, en aplicación del art. 96.2 de la LTC, además de haberse aclarado que el Juez de amparo, no podía disponer nulidad alguna, por cuanto a tiempo de dictar la Resolución de amparo, ese denegó la tutela solicitada.