SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0015/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0015/2007-R

Fecha: 11-Ene-2007

denegó

Por Resolución cursante de fs. 46 a 48, el Tribunal de amparo denegó el amparo y declaró improcedente el recurso, con los siguientes fundamentos: a) se incurrió en error al admitir el presente recurso, por adolecer de la causal de improcedencia manifiesta en sentido que el recurrente carece de facultad legal para interponer recurso de amparo constitucional, toda vez que el poder notarial que acompañó no es suficiente, por lo que existe falta de legitimación activa del recurrente; b) el recurrente negligentemente dejó transcurrir más de seis meses para acudir a la vía constitucional, por lo que existe falta de inmediatez, dado que los presuntos actos ilegales fueron cometido el año 2004, más propiamente, en los meses de octubre y noviembre, llegándose a señalar que se han efectuado solicitudes y reclamos a los fines de resolver su situación, a personas que no han sido objeto del presente recurso y, por tanto, no pueden ser objeto de la presente Resolución.