Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0015/2007-R
Fecha: 11-Ene-2007
recurso
En revisión la Resolución 18 de 3 de abril de 2006, cursante de fs. 46 a 48, pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Remberto Nicolás Romero Taca en representación de Pablo Romero Flores contra Alberto Arteaga Algarañaz y José Nava Morales, Secretario General del Sindicado de Transportistas Santa Cruz y Presidente de la Línea de Micros 43-98, respectivamente, alegando la vulneración de los derechos a la propiedad y al trabajo, previstos en los arts. 7 incs. c) y d) de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2.1.
- a)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- mediante apoderado
- III.2.
- el recurso no podrá ser presentado cuando el plazo de los seis meses esté superabundantemente vencido
- que el principio de inmediatez no importa la utilización discontinua o esporádica de los medios y recursos previos a la interposición del amparo, pues los reclamos deben ser interpuestos ante la instancia ordinaria o administrativa competente oportunamente, debiendo el agraviado por la lesión, hacer el seguimiento respectivo de su reclamo hasta agotar todas las instancias en el tiempo razonable,
- III.3.
- III.4.
- improcedencia
- APRUEBA