Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0028/2007-R
Fecha: 25-Ene-2007
II.13.
II.13. Por Auto de 10 de junio de 2005, el Juez recurrido rechazó el incidente planteado por la ahora recurrente pidiendo se deje sin efecto el mandamiento de desapoderamiento (fs. 138); a cuya consecuencia, la ahora recurrente planteó reposición bajo alternativa de apelación en ejecución de sentencia, por impersonería de la parte demandante (fs. 140 y vta.); mereciendo el decreto de 16 de junio de 2005 en el que el Juez recurrido dispuso: “estése a procedimiento y, en ejecución de sentencia no procede el recurso de reposición bajo alternativa de apelación, acuda a la vía legal correspondiente y estése al art. 517 del CPC”(sic) (fs. 141).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.8.
- II.10.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- derecho a la seguridad jurídica
- derecho a la propiedad privada
- derecho a la defensa
- debido proceso,
- III.2.
- a cada una de las personas
- III.3.
- Fragmento 21
- III.4.
- en ejecución de sentencia
- III.5.
- APRUEBA