Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0028/2007-R
Fecha: 25-Ene-2007
II.6.
II.6. El 23 de junio de 2004, el Juez recurrido dictó la Sentencia 79, declarando probada la demanda interpuesta por Armando Cordero Martínez en representación legal de Nerone Silvestri Grisón y Rosa Sarmiento de Silvestri contra Dora López Aguirre -ahora recurrente- y Amelia Romero Morón, ordenando la reivindicación, desocupación y entrega de los terrenos ocupados por la demanda Dora López Aguirre y otra; a tal efecto otorgó el plazo de tres días para que las demandadas entreguen dicho inmueble a sus propietarios, bajo prevenciones de librar mandamiento de desapoderamiento, ejecutoriada que sea la sentencia (fs. 71 a 73 vta.); sentencia que fue notificada mediante edictos (fs. 81 a 83).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.8.
- II.10.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- derecho a la seguridad jurídica
- derecho a la propiedad privada
- derecho a la defensa
- debido proceso,
- III.2.
- a cada una de las personas
- III.3.
- Fragmento 21
- III.4.
- en ejecución de sentencia
- III.5.
- APRUEBA