Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0038/2007-R
Fecha: 31-Ene-2007
I.2.3. Intervención del tercero interesado
La Sociedad Accidental CONSTRUMAT/CASCO VIEJO-MCI en calidad de tercera interesada a través de sus apoderados propugnó el informe de las autoridades recurridas, indicando que el proceso de licitación fue transparente y legal, careciendo de asidero jurídico el presente recurso, al no haberse producido nunca la lesión a derechos constitucionales ni garantías fundamentales. Finalmente, se solicitó se declare la improcedencia del presente recurso, con condenaciones de ley.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- siendo la impugnación judicial mediante el proceso contencioso una vía diferente
- improcedencia del recurso, por inobservancia de requisitos de forma y contenido
- denegando
- III.3. Interpretación de la legalidad ordinaria
- Resolución de Adjudicación 124 de 20 de diciembre de 2005
- las propuestas no descalificadas
- no han identificado los cánones de interpretación que hubiesen sido desconocidos
- APRUEBA