SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0038/2007-R
Fecha: 31-Ene-2007
siendo la impugnación judicial mediante el proceso contencioso una vía diferente
La SC 0355/2005-R, de 12 de abril expresa que: “(...) cabe aclarar que la instancia administrativa concluye con la resolución del recurso jerárquico, mientras que el proceso contencioso administrativo, es una vía judicial, no administrativa, diferente a la primera, no siendo necesario agotar ésta, para luego recién interponer el amparo constitucional, puesto que si se constata la infracción de derechos fundamentales, una vez concluida la vía administrativa, se abre la posibilidad de su tutela mediante el recurso de amparo constitucional, siendo la impugnación judicial mediante el proceso contencioso una vía diferente, con lo que se desvirtúa lo argüido por la autoridad recurrida. En ese sentido se ha pronunciado la uniforme jurisprudencia de este Tribunal, citando al efecto las SSCC 159/2002-R, 0347/2003-R, 1800/2003-R, 0213/2004-R entre otras”. (las negrillas son nuestras).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- siendo la impugnación judicial mediante el proceso contencioso una vía diferente
- improcedencia del recurso, por inobservancia de requisitos de forma y contenido
- denegando
- III.3. Interpretación de la legalidad ordinaria
- Resolución de Adjudicación 124 de 20 de diciembre de 2005
- las propuestas no descalificadas
- no han identificado los cánones de interpretación que hubiesen sido desconocidos
- APRUEBA