SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0799/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0799/2007-R

Fecha: 02-Oct-2007

II.3.

II.3. Mediante nota de 28 de noviembre de 2005, el Gerente Distrital de El Alto y la Jefe del Departamento Jurídico Técnico de Cobranza Coactiva a.i., correcurridos, solicitaron al Superintendente de Bancos y Entidades Financieras proceda a la retención de fondos de las cuentas de Miguel Cassia Choque dispuesta a raíz del Pliego de Cargo y Auto intimatorio 0927/03 emitidos dentro del proceso de cobranza coactiva que sigue la Gerencia Distrital de El Alto (fs. 147). A su vez por nota de la misma fecha solicitaron a las AFPs Futuro de Boliva S.A. y Previsión S.A. información sobre si Miguel Cassia Choque se encuentra afiliado en dichas administradoras (fs. 148 a 149). A su turno solicitaron al Director del Organismo Operativo de Tránsito informe sobre los vehículos y gravámenes que tiene registrados Miguel Cassia Choque (fs. 150). Solicitando en igual fecha al Gobierno Municipal de El Alto informe sobre inmuebles que tenga registrados (fs. 152). Finalmente hicieron conocer al Presidente de la Cooperativa de COTEL que se dispuso la hipoteca legal de la línea telefónica de propiedad de Miguel Cassia Choque y de todas las acciones telefónicas, solicitando información sobre la existencia de algún gravamen (fs. 153).