SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0801/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0801/2007-R

Fecha: 02-Oct-2007

III.2. El caso en análisis

En la problemática planteada, los antecedentes que informan el expediente permiten establecer que el recurrente ha interpuesto recurso de casación denunciando los extremos demandados, entre ellos, la alegada falta de consideración por parte de los Vocales recurridos de que existiría incongruencia entre los delitos imputados e investigados con los delitos por los que se le inició proceso, es decir por ilícitos diferentes a los acusados en la imputación formal y respecto de los cuales asumió defensa, así como los referidos a la prueba aportada y otras omisiones que consideró lesivas a sus derechos. Del mismo modo denunció el rechazo indebido a su solicitud de extinción de la acción penal por falta de una debida fundamentación y pronunciamiento previo, impugnando la no aplicación de precedentes constitucionales sobre ese tema, aspecto que implica la imposibilidad de efectuar un pronunciamiento en esta jurisdicción constitucional al haber formulado el recurrente recurso de casación, instancia que se pronunciará sobre los extremos ahora denunciados. Consiguientemente, se advierte que la situación del recurrente se encuentra dentro de los supuestos de subsidiariedad previstos por la jurisprudencia constitucional, concretamente la subregla 2.b), es decir, cuando las autoridades judiciales o administrativas tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa y el mismo se encuentra pendiente de resolución; razón por la cual se neutraliza a la jurisdicción constitucional e impide ingresar a un análisis de fondo sobre la problemática planteada, determinando la declaratoria de improcedencia del recurso.