SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0820/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0820/2007-R

Fecha: 06-Dic-2007

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente denuncia la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica,  al trabajo, a la defensa, al juez natural y la garantía del debido proceso, señalando: i) Fue procesado y sancionado por un Tribunal Sumariante integrado por un miembro que anteriormente había sido sancionado disciplinariamente, lo que conforme al art. 76 del Reglamento de Procesos Disciplinarios del Poder Judicial, le inhabilitaba para actuar en su caso, circunstancia que determinó la nulidad de obrados; ii) la Directora Distrital actuó sin jurisdicción ni competencia al designar el Tribunal Sumariante; iii) Pese a que reclamó de las anteriores irregularidades ante el Pleno del Consejo de la Judicatura, en recurso de apelación, éste, confirmó la Resolución del Sumariante, aduciendo que no las impugnó en primera instancia, que en apelación no se pueden ofrecer nuevas pruebas y que no demostró que el miembro del Tribunal fue sancionado disciplinariamente. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela solicitada.