SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0855/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0855/2007-R

Fecha: 12-Dic-2007

a)

a) La Jueza de Instrucción luego de citar por edictos a la recurrente, le designó abogada Defensora de Oficio, quien se apersonó pero no asumió defensa, a lo que se suma que los otros abogados designados de oficio tampoco se apersonaron y menos asumieron defensa, desarrollándose el proceso hasta Sentencia, sólo con el accionar del demandante y el codemandado, lo que lleva a establecer que la actuación de los Defensores fue nula pues no ejercieron su defensa técnica; inercia convalidada por los Juzgadores quienes tenían la obligación de garantizar la igualdad jurídica de las partes y el derecho a defensa en todas las instancias del proceso;