Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0855/2007-R
Fecha: 12-Dic-2007
REVOCAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 19.IV y 120.7 de la CPE; arts. 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión, resuelve REVOCAR la Resolución de 9 de agosto de 2006, cursante de fs. 195 a 196 vta., pronunciada por la Sala Penal y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando revisada y declarar IMPROCEDENTE el recurso en todas sus partes.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- a)
- b)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.11.
- II.12.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- 1)
- III.1. El principio de subsidiariedad del amparo constitucional
- Fragmento 24
- III.2. Análisis de la problemática planteada
- III.3.
- REVOCAR