SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0855/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0855/2007-R

Fecha: 12-Dic-2007

II.11.

II.11. El recurrente en su calidad de codemandado se apersonó y pidió la nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo, es decir hasta la notificación con la designación a la abogada de oficio de su hoy representada, Elena Martínez Flores (fs. 150 y vta.). La Jueza recurrida, por Auto de 4 de julio de 2006, lo dio por apersonado y existiendo Sentencia ejecutoriada, rechazó el incidente de nulidad de obrados (fs. 151). No constan en antecedentes las notificaciones al recurrente con este Auto.