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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0867/2007-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0867/2007-R

    Fecha: 12-Dic-2007

    procedente

    Por todo lo expresado precedentemente, la situación planteada se encuentra dentro las previsiones y alcances del art. 19 de la CPE, por lo que el Tribunal de garantías constitucionales, al haber declarado procedente el recurso, ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales y dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.

    • recurso
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • 1)
    • a)
    • concediendo
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.8.
    • II.9.
    • i)
    • III.1.
    • III.2.
    • el carácter subsidiario del recurso de amparo constitucional, impide conocer un asunto en el que se impetre la ejecución de una sentencia, resolución o fallo, pues esa labor le corresponde al órgano que lo emitió
    • III.3.
    • III.4.
    • III.5.
    • procedente
    • APROBAR en parte

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