SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0082/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0082/2007-R

Fecha: 26-Feb-2007

I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

El recurrente ratificó in extenso el contenido de su demanda, aclarando que el último domicilio señalado fue el “Edificio Yanacocha 4° piso, Of. 4”; sin embargo, este nunca fue aceptado por el Juzgado Segundo de Partido en lo Civil. En consecuencia, el Auto de Vista debió ser notificado en el último domicilio cursante en obrados, esto es, en el Edificio Handal Piso 9 Of. 915.