Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0082/2007-R
Fecha: 26-Feb-2007
II.3.
II.3. En el memorial presentado el 26 de junio de 2002, el recurrente, en el Otrosí II, fijó nuevo domicilio en el Edificio Yanacocha, 4° Piso, Of. 4 (fs. 24 y vta.); sin embargo, ese domicilio no se dio por señalado en el Decreto de 27 de junio de 2002 suscrito por el Juez Segundo de Partido en lo Civil (fs. 25).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- 1.2.3. Intervención del tercero interesado
- 1.-
- 2.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la subsidiariedad del recurso de amparo constitucional
- III.2. Caso analizado
- en ningún momento se pronunció sobre el fondo de la solicitud
- Fragmento 23