SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0082/2007-R
Fecha: 26-Feb-2007
I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
1. Dentro del proceso ordinario seguido por Simón Arraya Tórrez y otros contra el ahora recurrente, sobre mejor derecho de propiedad, se dictó la Sentencia 23/03, que declaró probada la demanda principal e improbada la demanda reconvencional de mejor derecho y daños y perjuicios, sin costas; habiendo el recurrente interpuesto recurso de apelación contra dicho fallo.
2. Radicada que fue dicha apelación ante el Tribunal a su cargo, pronunciaron el Auto de Vista 306/05, de 30 de mayo de 2005, confirmando la sentencia apelada y salvando los derechos del recurrente, con costas, resolución con la que el recurrente fue notificado el 9 de agosto de 2005, a horas 16:50 en su domicilio; asimismo, Gastón Serrano, el abogado Simón Arraya y otros, fueron notificados el 24 de agosto de 2005.
3. Por resolución de 2 de septiembre de 2005, se rechazó la solicitud de la parte demandante de ejecutoria del Auto de Vista de 1 de septiembre de 2005, con el fundamento de que previamente debía darse cumplimiento al art. 93.IV del CPC; en tal virtud, subsanada la mencionada observación y en aplicación de los plazos procesales y constatando la legal notificación a las partes, el 20 de septiembre de 2005, se dispuso la devolución del expediente al juzgado de origen.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- 1.2.3. Intervención del tercero interesado
- 1.-
- 2.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la subsidiariedad del recurso de amparo constitucional
- III.2. Caso analizado
- en ningún momento se pronunció sobre el fondo de la solicitud
- Fragmento 23