SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0089/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0089/2007-R

Fecha: 26-Feb-2007

III.1. Jurisprudencia constitucional y normativa aplicables

A objeto de resolver la problemática planteada, es necesario puntualizar inicialmente la jurisprudencia constitucional que señala la no exigencia de notificación personal a las partes con el señalamiento de la audiencia de medidas cautelares en apelación por no ser obligatoria en dicha instancia, conforme se desprende de las normas contenidas en el Capítulo I, Título II del Libro Quinto de la Primera Parte (Parte General) del Código de Procedimiento Penal, y en el art. 163 del mismo cuerpo legal: