Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0098/2007-RCA
Fecha: 23-Mar-2007
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
La recurrente señala que se han vulnerado sus derechos a la seguridad jurídica, a la igualdad y la propiedad privada, así como la garantía del debido proceso, toda vez que el segundo remate y subasta que se efectuó dentro del proceso ejecutivo que sigue el “Banco Sur S.A. en Liquidación” donde es garante hipotecaria, no fue publicitado con la debida anticipación y conforme a Ley por el demandante, en desmedro de sus intereses, lo cual fue avalado por las autoridades recurridas. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si existe o no las causales de improcedencia o inactivación del recurso de amparo constitucional motivados por el Tribunal de amparo.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la demanda
- I.2. Trámite de la causa y Resolución
- improcedencia in límine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 6
- II.2. De las excusas de los Jueces y Tribunales de amparo
- la excusa formulada por el Juez de amparo o por los miembros del Tribunal de amparo
- Fragmento 9
- el que deberá conocer y pronunciarse sobre la legalidad o ilegalidad de la excusa.
- II.3. Atribución de los Jueces y Tribunales de amparo en la etapa de admisión del recurso
- II.4.1.
- sin recurso ulterior
- II.4.2.
- 2º Declarar el rechazo in limine
- 3º Llamar la atención