SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0096/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0096/2007-R

Fecha: 05-Mar-2007

II.4.

II.4. El 6 de enero de 2007, se celebró la audiencia de medidas cautelares (fs. 53 a 55 vta.) en la cual la querellante solicitó la detención preventiva de la recurrente, la jueza correcurrida mediante Auto de la misma fecha dispuso la detención preventiva de la recurrente  por las causales previstas en los arts. 233 incs. 1) y 2), 234 numerales 1, 2 y 4; 235 incs. 1), 2) y 4) del CPP (fs. 56 a58), contra cuya resolución la recurrente formuló recurso de apelación en la misma audiencia. El 7 de enero de 2007, se celebró la audiencia para considerar la apelación presentada por la recurrente (fs. 59 a 61 y vta.), en la cual la Sala Penal  Primera declaró improcedente la apelación confirmando el auto apelado.