SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0143/2007-R
Fecha: 14-Mar-2007
Fragmento 4
El abogado del recurrente, ratificó y reiteró in extenso el contenido de su demanda, puntualizando que en virtud de la Resolución 239/2005 de 24 de octubre, solicitó el anticipo del 20% para el inicio inmediato de las obras, que a la fecha no se ha cumplido por la inexistencia de la última hoja del contrato de construcción de obra que contenía las firmas del Prefecto, del Director Departamental de Desarrollo, del abogado y del representante de “ECOCI-ASOCIADOS” y pese a las constantes solicitudes de entrega del anticipo mencionado los mismos no han tenido resultado positivo, hechos que lesionan los derechos a la seguridad jurídica, al debido proceso y otros, por lo que solicita la restitución de los mismos.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- Fragmento 4
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- a)
- y los efectos ante su inobservancia en etapa de admisión, así como en revisión ante este Tribunal,
- si el recurso fue admitido pese a no cumplirse con los requisitos exigidos por Ley, se da lugar a la improcedencia del amparo, sin ingresarse al análisis de fondo del asunto"
- III.2. El petitum de la causa y la necesidad de precisar el amparo que se solicita
- el Juez está vinculado a la misma; esto es, deberá conceder o negar el petitorio formulado;
- no da lugar en forma inexorable y forzosa al señalamiento de costas y multa, por ser excusable la actuación recurrente.
- APRUEBA