SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0167/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0167/2007-R

Fecha: 21-Mar-2007

b)

b) Con referencia al otro Vocal correcurrido, Juan Marcos Terrazas Rojas, partiendo que el hábeas corpus tiene por finalidad esencial garantizar la libertad personal y de locomoción del afectado, se tiene que en este caso la parte recurrente no estableció la manera en que los eventuales defectos de procedimiento que vulneran las reglas del debido proceso inciden de modo directo en la conculcación del derecho a la libertad personal o de locomoción del representado de la actora, máxime si ella misma informó que desde hace tiempo su cliente se halla gozando de libertad, motivo por el cual no corresponde otorgar la tutela solicitada.