Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0167/2007-R
Fecha: 21-Mar-2007
II.5.
II.5. El 13 de octubre de 2006, el representado de la recurrente pidió se deje sin efecto el Auto de 20 de julio de 2006, y se determine la improcedencia del recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público (fs. 64 a 72 vta.). Petición que mereció el decreto de 14 de octubre de 2006, de estarse al Auto de concesión del recurso (fs. 73).
- recurso de hábeas corpus
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Angel Villarroel Díaz y Juan Marcos Terrazas Rojas, Presidente y Vocal de la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba,
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- b)
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- III.1. Lesiones al debido proceso y el hábeas corpus
- Fragmento 15
- III.2. Análisis del caso
- APROBAR