SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0225/2007-R
Fecha: 03-Abr-2007
II.3.
II.3. El 22 de agosto de 2005 en aplicación del art. 66.II de la LPA, la Alcaldía Municipal de Santa Cruz -representada por el ahora recurrente- interpuso ante el Director General de Aeronáutica Civil, recurso jerárquico contra la Autorización DGAC/ITI/018/05 y contra la Nota CITE DGAC-V1712 AJ/224/05 de 8 de agosto de 2005 (fs. 40 a 43); a cuya consecuencia, el Ministro de Servicios y Obras Públicas dictó la Resolución 006/2005 de 14 de noviembre, mediante la cual resolvió el recurso jerárquico, revocando totalmente el Auto de rechazo del recurso de revocatoria de 8 de agosto de 2005, así como la Nota CITE DTA-397/TTA-145/05 de 2 de junio de 2005 y la Autorización de la Dirección General de Aeronáutica Civil DGAC/ITI/018/05 (fs. 44 a 47); Resolución con la que fueron notificadas las partes.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- el recurso de amparo sólo podrá ser analizado cuando la parte recurrente hubiera acudido con su reclamo en principio ante la misma autoridad que incurrió en la lesión al derecho o garantía fundamental, y posteriormente agotar las demás instancias reconocidas por ley para revertir el acto ilegal u omisión indebida.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- APRUEBA