SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0247/2007-R
Fecha: 10-Abr-2007
III.3. El caso en análisis
La línea jurisprudencial glosada es de aplicación al caso que se examina, por cuanto el recurrente denuncia que los Ministros recurridos casaron el Auto de Vista 133 de 9 de septiembre de 2002, que confirmó la Sentencia que declaró probada su demanda laboral por pago de beneficios sociales, sin que hubieran realizado -a juicio suyo- una correcta valoración de los contratos que suscribió el recurrente con la entidad municipal demandada, que demuestran que los mismos se encuentran sujetos a las leyes laborales, razón por la cual, debieron observarse los principios y fines del Derecho Laboral, toda vez que las autoridades recurridas, en forma totalmente inmotivada concluyeron que los contratos base de su acción estaban sujetos a las leyes civiles.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- Fragmento 5
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- no es una instancia que forme parte de las vías legales ordinarias,
- no puede equipararse a esta acción extraordinaria a un recurso de apelación y menos, a un recurso de casación'
- III.2. La facultad privativa de la valoración de la prueba de las autoridades judiciales
- excepto cuando el juzgador se hubiese apartado de las previsiones legales que rigen el acto procesal como de los marcos legales de razonabilidad y equidad, o cuando se hubiere omitido arbitrariamente valorar la prueba y su lógica consecuencia sea la lesión de derechos fundamentales y garantías constitucionales
- III.3. El caso en análisis
- III.4. Sobre la vulneración del derecho a la igualdad
- III.5. Sobre la imposición de costas y multa
- denegado
- APRUEBA