SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0247/2007-R
Fecha: 10-Abr-2007
recurso
En revisión la Resolución 277/2006 de 5 de diciembre, cursante de fs. 238 a 240 vta., pronunciada por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Miriam Rosa Villagomez Michel en representación de Jorge Aguirre Arce contra Eddy Walter Fernández Gutiérrez, Juan José González Osio, Ministros de la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia y Julio Ortiz Linares, Ministro de la Sala Civil de la misma Corte, alegando la vulneración de los derechos a la igualdad, a la seguridad jurídica, al trabajo, al derecho de recurrir, los principios de justicia pronta y celeridad procesal y las garantías del debido proceso y de “autodeterminación” de su representado, previstos en los arts. 7 incs. a) y j) y 16.IV de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- Fragmento 5
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- no es una instancia que forme parte de las vías legales ordinarias,
- no puede equipararse a esta acción extraordinaria a un recurso de apelación y menos, a un recurso de casación'
- III.2. La facultad privativa de la valoración de la prueba de las autoridades judiciales
- excepto cuando el juzgador se hubiese apartado de las previsiones legales que rigen el acto procesal como de los marcos legales de razonabilidad y equidad, o cuando se hubiere omitido arbitrariamente valorar la prueba y su lógica consecuencia sea la lesión de derechos fundamentales y garantías constitucionales
- III.3. El caso en análisis
- III.4. Sobre la vulneración del derecho a la igualdad
- III.5. Sobre la imposición de costas y multa
- denegado
- APRUEBA