SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0286/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0286/2007-R

Fecha: 19-Abr-2007

1)

El abogado de la recurrente; ratificó y amplió los términos de la demanda, refiriendo que: 1) Se señaló que habría ocasionado daño económico a la empresa por haber faltado más de seis días, pero nunca se comprobó ese hecho como se demuestra al habérsele cancelado íntegramente el sueldo de noviembre; 2) Pese a que en las boletas de pago se descontaba a la recurrente para aportes a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP's) y a la Caja de Seguro Social nunca fue asegurada; y, 3) En el libro de registro consta la firma de la recurrente en fechas 7 y 8 de noviembre de 2006, en las que se insertó no válido y del 9 al 15 se señala como falta; sin embargo, en el informe jurídico se consideró su inasistencia desde el 7 del referido mes.