SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0286/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0286/2007-R

Fecha: 19-Abr-2007

III.3.

III.3. En lo referente al supuesto abandono de funciones, la falsedad del certificado médico y cualquier otra falta posiblemente cometida por la recurrente, son cuestiones que deberán ser tramitadas y definidas previo proceso, y que en definitiva los efectos que resulten de esté, con relación a la relación laboral existente entre la recurrente y el recurrido, deberán ser postergados hasta  que el hijo de la recurrente luego de su nacimiento cumpla un año de edad, según lo ya señalado.