SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0286/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0286/2007-R

Fecha: 19-Abr-2007

la mujer embarazada tiene la obligación de hacer conocer tal extremo al empleador en vigencia de la relación laboral, y sólo si sobreviene el despido, no obstante tener tal conocimiento, puede activarse la tutela que brinda el art. 19 de la CPE

En ese contexto, para que la mujer en estado de gestación, obtenga protección en esta jurisdicción constitucional ante un despido indebido, debe necesariamente demostrar haber comunicado o dado aviso de dicho estado a su empleador, antes de haber sido despedida, pues de no hacerlo este Tribunal asumió como razonable que el empleador no incurre en ningún acto ilegal, pues para que éste concurra, se requiere de un conocimiento previo por parte del empleador, ello en virtud de que resultaría contrario a derecho, imponerle a éste el respeto a la trabajadora embarazada que no conoce y que tampoco es notorio a simple vista hasta transcurrido un tiempo.