Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0294/2007-R
Fecha: 23-Abr-2007
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
De acuerdo a lo relatado, plantea recurso de amparo constitucional contra Cándida Pinto Chacón, Jueza Sexta de Instrucción en lo Civil, Willy Arias Aguilar, Juez Noveno de Instrucción en lo Civil, Consuelo Chacón Schmidt de Méndez, Jueza Tercera de Partido en lo Civil y Comercial y Lilian Mercedes Sandi Ochoa, Jueza Undécima de Partido en lo Civil y Comercial, todos de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, solicitando sea declarado “procedente” y se disponga la anulación de todo el proceso sumario mencionado, ordenando a la Jueza de primera instancia se declare incompetente para conocer acciones con cuantía indeterminada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- protección inmediata
- SC 1337/2003-R
- III.3. Análisis del presente caso
- si bien
- III.4. Sobre la concesión, denegatoria, y
- APRUEBA