Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0294/2007-R
Fecha: 23-Abr-2007
II.7.
II.7. A pedido del demandante, mediante Auto de 16 de febrero de 2006 (fs. 87), Willy Arias Aguilar, Juez Noveno de Instrucción en lo Civil, en suplencia legal, ordenó se oficie a la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras para que disponga la retención de la suma señalada como precio a pagar por parte de la Alcaldía Municipal de La Paz.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- protección inmediata
- SC 1337/2003-R
- III.3. Análisis del presente caso
- si bien
- III.4. Sobre la concesión, denegatoria, y
- APRUEBA