SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0424/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0424/2007-R

Fecha: 22-May-2007

i)

La correcurrida Gladis Segovia García, fiscal de Materia, presentó informe escrito cursante de fs. 32 a 33, señalando que: i)  En su calidad de titular de la acusación se constituyó en la fase de excepciones para la prosecución del juicio oral y público, en el que no se ha restringido o amenazado el derecho a la libertad, derechos constitucionales o la garantía del debido proceso del recurrente; además de no ser la vía del recurso de hábeas corpus para su denuncia, por cuanto el mismo tiene por finalidad restablecer de forma inmediata y efectiva la libertad física o derecho de locomoción en los casos de restricción o supresión ilegal o indebida, existiendo en el procedimiento penal las vías ordinarias para el restablecimiento de la lesión a dicha garantía, conforme lo ha establecido el Tribunal Constitucional en su jurisprudencia; ii) El recurrente goza de su derecho a la defensa, prueba de ello es que durante la tramitación del proceso en su contra ha hecho uso del mismo solicitando la suspensión del juicio vulnerando el principio de “inmediatez y prosecución del proceso”, extremos que fueron ampliamente comprendidos por el Tribunal Primero de Sentencia en lo Penal, por lo que el presente recurso no merece consideración alguna en el fondo, solicitando su rechazo in  limine del mismo.