SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0424/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0424/2007-R

Fecha: 22-May-2007

sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción, por operar como causa para su restricción o supresión, quedando por tanto las demás bajo la tutela que brinda el art. 19 constitucional (…)”

En ese marco, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, ha establecido de manera reiterada y uniforme que: ”(…) la protección que brinda el art. 18 de la Constitución Política en cuanto al debido proceso se refiere, no abarca a todas las formas en que el mismo puede ser infringido, sino sólo a aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción, por operar como causa para su restricción o supresión, quedando por tanto las demás bajo la tutela que brinda el art. 19 constitucional (…)” (SSCC 0024/2001-R, 1484/2003-R, 1689/2004-R, entre otras)(las negrillas son nuestras).