SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0467/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0467/2007-R

Fecha: 06-Jun-2007

III.3.

III.3. Por otra parte, respecto al argumento del Tribunal de garantías referido a la falta de legitimación activa del recurrente, ello resulta ser evidente, por cuanto todas las supuestas violaciones que el recurrente acusa están dirigidas hacia la codemandada en el proceso sumario de mejor derecho propietario, reivindicación y otros seguido en contra de ambos; al efecto, es preciso recordar que el art. 19.II de la CPE, señala que: "El recurso de amparo se interpondrá por la persona que se creyera agraviada o por otra a su nombre con poder suficiente (…)", requisito que no se presenta en el caso de autos, en vista de que el recurrente no adjunta a la presente demanda poder alguno que lo faculte a actuar en representación de Elena Martínez Flores, aspecto que indudablemente hace ver que el recurrente carece de legitimación activa para interponer el presente recurso de amparo constitucional.