SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0514/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0514/2007-R

Fecha: 20-Jun-2007

realizando una valoración razonable e integral de las pruebas presentadas.

De lo dicho se concluye que la detención preventiva puede cesar cuando se demuestre que ya no concurren los requisitos que motivaron su aplicación, con el advertido que la resolución que adopte la autoridad judicial deberá estar debidamente motivada, explicando en forma clara y precisa si los nuevos elementos de convicción aportados demuestran o no la concurrencia de motivos que fundaron la imposición de la medida cautelar, realizando una valoración razonable e integral de las pruebas presentadas.