SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0032/2007
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0032/2007

Fecha: 04-Jul-2007

h)

h)      Los recurrentes en su demanda plantean de inconstitucional la última parte del art. 23.III de la LAC, expresamente la frase “no admite recurso alguno”. Sin embargo, en la parte petitoria del recurso solicitan a ese alto tribunal se declare inconstitucional todo el contenido del art. 23 de la precitada norma legal. Entonces, se llega a la conclusión de que existe error en la forma de la presentación del recurso, no es coincidente ni compatible lo expuesto en los fundamentos del recurso con lo solicitado en el petitum. Finalizó solicitando se declare la constitucionalidad del art. 23.III de la LAC.