Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0538/2007-R
Fecha: 03-Jul-2007
I.2.3. Intervención del tercero interesado
El apoderado del Banco Mercantil S.A. en audiencia expresó que no puede declararse la nulidad de ningún actuado si la misma no se encuentra expresada en alguna norma jurídica, lo que ocurre en el caso de la ausencia de notificación a la recurrente con los remates. La recurrente sabía de la existencia de una hipoteca sobre el inmueble que posteriormente adquirió, ya que compró el mismo luego de que el proceso había concluido; por lo que solicitó se deniegue el presente recurso de amparo constitucional.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- I.2.1.
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- derecho a la defensa
- debido proceso,
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- APRUEBA