SENTENCIA CONSTITUCIONAL­­ 0538/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL­­ 0538/2007-R

Fecha: 03-Jul-2007

II.3.

II.3. Por Auto de 28 de octubre de 1999, el Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial de Cochabamba aprobó el avalúo realizado por el perito y dispuso audiencia de remate del inmueble, ubicado en “La Guardia, camino antiguo a Cochabamba Km. 10, Santa Cruz”, para el 10 de diciembre de 1999, sobre el valor pericial de $us175.297,58.- (ciento setenta y cinco mi doscientos noventa y siete  mil 58/100 dólares estadounidenses), disponiendo que se haga conocer el señalamiento  a María Elizabeth Balcázar Bravo -ahora recurrente- mediante los “avisos invitatorios” a expedirse por secretaría (fs. 19 vta.). Posteriormente, el 14 de junio de 2002, el Banco Mercantil S.A. solicitó la modificación del valor base de remate a $us94.074.-(noventa y cuatro mil setenta y cuatro dólares estadounidenses), que fue concedido por el Juez de la causa por Auto de 21 de junio de 2002, quien señaló audiencia de remate del inmueble de María Elizabeth Balcázar Bravo para el 16 de julio de 2002 (fs. 27),  realizándose las publicaciones edictales del remate (fs. 28 a 30); audiencia que no se realizó por falta de postores (fs. 31), por lo que el Juez señaló nueva audiencia de remate para el 17 de septiembre de 2002 (fs. 33); publicándose los avisos de remate de fs. 34 a 38; a cuya consecuencia, en la audiencia de remate señalada, se adjudicó el inmueble Alfonso Tejada Sebastián “por encargo del Banco Mercantil S.A.” (39 y vta.).