SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0550/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0550/2007-R

Fecha: 03-Jul-2007

III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente solicita tutela de sus derechos a la defensa, de la garantía del debido proceso y de la tutela judicial efectiva, consagrados por los arts. 16.II, IV y 116.X  de la CPE, denunciando que fueron vulnerados por la autoridad recurrida puesto que: en el proceso coactivo civil seguido en su contra, dictada que fue la Sentencia promovió incidente de nulidad -por consignar en la Sentencia, fecha de un año anterior a la de la demanda- y opuso excepciones de incompetencia y falta de fuerza ejecutiva; sin embargo, de forma atípica el Juez del proceso rechazó el incidente de nulidad de la Sentencia intentando corregir la fecha de la misma, sin pronunciarse sobre las excepciones opuestas, situación ante la cual interpuso recurso de apelación que fue resuelto por el Juez ahora recurrido mediante Auto de Vista 02/2005 que no corrigió de oficio el silencio jurisdiccional, reparando sus derechos con la anulación de la Resolución de primera instancia con el objeto de que se “vierta” resolución sobre las excepciones opuestas, por otra parte el Auto de Vista impugnado interpretó equivocadamente las previsiones del art. 152 del CPC al entender que la apertura de prueba es opcional para el Juzgador, además de ello confirmó la Resolución apelada aún cuando se reconoció una equívoca interpretación de la ley por parte del Juez a quo en cuanto a la corrección de oficio de la Sentencia. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales del recurrente a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.