SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0744/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0744/2007-R

Fecha: 13-Sep-2007

III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los recurrentes alegan que las autoridades judiciales recurridas vulneraron la garantía del debido proceso y los derechos a la defensa y a la seguridad jurídica de la Fundación a la que representan, ya que el Juez recurrido ordenó la notificación con la Sentencia, mediante orden instruida y cédula en el domicilio legal de la Institución, no obstante que, dentro del proceso, se fijó domicilio procesal.  Dicha ilegalidad fue reclamada a través de un incidente de nulidad que fue rechazado por la Jueza recurrida y, en apelación, por los Vocales recurridos, ignorando el art. 137 del CPC que prevé que la Sentencia debe ser notificada mediante cédula en el domicilio señalado por las partes. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos a los derechos fundamentales del recurrente, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.