Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0756/2007-R
Fecha: 24-Sep-2007
e)
e) La mencionada Resolución fue pronunciada en el plazo previsto por el art. 204.1 del CPC ya que el decreto de autos data del 30 de noviembre de 2005, es a partir de esa fecha que se realiza el cómputo de cuarenta días, excluyéndose los días entre el 25 de diciembre de 2005 al 2 de enero de 2006 por suspensión de plazos por vacaciones colectivas. Finalmente, este recurso fue planteado en el plazo de seis meses desde la notificación de fs. “370” del expediente original.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- a)
- b)
- e)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.15.
- II.16.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 23
- III.2.
- Fragmento 25
- APROBAR