Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0756/2007-R
Fecha: 24-Sep-2007
II.4.
II.4. Por Auto de 17 de septiembre de 2002, la Sala Plena recurrida admitió la demanda en la vía ordinaria de puro derecho y corrió en traslado a la Alcaldía Municipal de La Paz representada por Juan del Granado Cossio, para que previa su notificación responda en el término de ley (fs. 318 y vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- a)
- b)
- e)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.15.
- II.16.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 23
- III.2.
- Fragmento 25
- APROBAR