SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0756/2007-R
Fecha: 24-Sep-2007
Fragmento 25
En el caso de autos, la parte recurrente reclama que sin enmendar los errores denunciados en la tramitación, la Sala Plena recurrida emitió la Resolución 002/2006 de 17 de enero, pronunciándose sobre situaciones fácticas o de hecho que nada tienen que ver con un proceso de puro derecho, haciendo una apreciación antojadiza y una interpretación errónea y forzada de la ley sustantiva y procesal. Sin embargo, no identifica cuáles normas y de qué manera fueron conculcadas en esa Resolución, limitándose a hacer apreciaciones generales sin indicar tampoco las reglas de interpretación que fueron omitidas por el órgano judicial, no existiendo por tanto una relación de causalidad entre las normas interpretadas forzada y erróneamente (al no citarse ningún precepto de forma explícita) con los derechos que señala como conculcados. Ante la ausencia de estos elementos que permiten ingresar a este Tribunal a analizar una supuesta interpretación errónea de una norma concreta por parte de los jueces y tribunales, el presente recurso también resulta improcedente.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- a)
- b)
- e)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.15.
- II.16.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 23
- III.2.
- Fragmento 25
- APROBAR