Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0757/2007-R
Fecha: 24-Sep-2007
II.2.
II.2. En base al documento de préstamo de 2 de diciembre de 1993, reconocido judicialmente en rebeldía de los deudores, Carlomagno Claros Sossa, interpuso proceso ejecutivo en contra de Juan Gonzáles Luna y Rosa León de Gonzáles, emitiéndose la Sentencia 265/2000 de 15 de junio dictada por el Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial, declarando probada la demanda disponiendo la prosecución del proceso hasta el remate de los bienes propios de los ejecutados (fs. 21 a 65).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1.
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- los Autos Interlocutorios con fuerza definitiva, no son revocables ni susceptibles de reposición por el mismo Juez, pero sí admiten apelación directa;
- III.2.
- APROBAR